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Fin de la media res: Agricultura oficializó los requisitos para el troceo

Con este nuevo sistema, a partir del martes las medias reses deberán ser fraccionadas en partes que no superen los 32 kilos.

28 de octubre de 2022 10:57

La Secretaría de Agricultura estableció este viernes una serie de requisitos y precisiones para el sistema de troceo para el comercio minorista local de carne vacuna que comenzará a regir el 1 de noviembre, a través de la resolución 91/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Con este nuevo sistema, a partir del martes las medias reses deberán ser fraccionadas en partes que no superen los 32 kilos.

La medida entrará en vigencia luego de mucha oposición de algunos frigoríficos y faenadores que consideraban que no estaban dadas las condiciones para el troceo y que iba a encarecer el producto final. Los exportadores por su parte defendieron la medida por su mejora para el trabajador, por el menor peso de carga, destacaron las mejor condiciones de higiene y remarcaron que bajará el precio final ya que habrá menos desperdicio por parte de las bocas de expendio.

Esta semana, Senasa confirmó que el 80% de los establecimientos están en condiciones de comenzar con el troceo.

Cada trozo resultante de la división de la media res deberá ser identificado y trazable mediante una tarjeta que contenga los números de establecimiento oficial del troceador, de tropa y de garrón, fecha de elaboración, nombre del producto y peso del trozo.

Los establecimientos procesadores no podrán permitir el ingreso al troceo de materia prima que no cuente con la identificación.

Y los que realicen troceo deberán confeccionar, en carácter de declaración jurada, las planillas Ingreso de Materia Prima a Troceo y Producción Obtenida de Trozos por Tropa.

El troceo deberá realizarse, ingresando a producción exclusivamente las medias reses agrupadas por número de tropa, para lo cual deberá asegurarse la correcta separación e identificación entre la tropa en elaboración y la siguiente a procesar.

Los establecimientos en donde se realiza troceo, deberán llevar un Libro de Ingreso de Materia Prima Apta para la Elaboración de Trozos, rubricado por la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, donde registrarán la entrada a los mismos de la mercadería en forma cronológica.

Los establecimientos que cuenten con Libro de Salida de Carne Bovina (vacuna y/o bubalina) rubricado quedarán eximidos del requisito anterior.



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